sábado, 9 de abril de 2016

Derechos de los jubilados en activo


LOS DERECHOS COMUNITARIOS Y CONSTITUCIONALES QUE PROTEGEN LAS SUPERIORES LEYES DE LA CEE NO PERMITEN DISCRIMINACIONES FISCALES Y LABORALES COMO VENIMOS SOPORTANDO SIN CHISTAR LA TOTALIDAD DE LOS CIUDADANOS ESPAÑOLES EN DOS CAPITULOS IMPORTANTISIMOS QUE CITO A CONTINUACION:

EL DERECHO A TRABAJAR, es como el derecho a vivir, una decisión personal que nadie puede limitar, pagando lógicamente los impuestos que generen sus lícitos ingresos incluso después de su legal Jubilación.

ESE DERECHO A TRABAJAR después de la legal jubilación está permitido y protegido en los países más poderosos y más poblados sobre los que se asienta la CEE como son Alemania, Francia, Inglaterra e Italia, donde se puede seguir trabajando al llegar a la edad legal de Jubilación y cobrar lógicamente el 100% de su Cotizada Pensión sin ningún tipo de penalización como sucede Injustamente en España en que se limita la pensión al 50% desde el año 2013 a más de 52.000 ciudadanos que se acogieron a la Jubilación Activa para poder seguir trabajando libremente pero sustrayéndoles el 50% de su derecho Cotizado para cobrar totalmente su Pensión.

ESA INJUSTA Y DUDOSAMENTE LEGAL APROPACION indebida se complementa con otro Impresentable Impuesto Solidario que les sigue cobrando la depredadora Seguridad Social y que representa deducirles MAS DE UN 30% del 50% de la pensión por la que han Cotizado, por ejemplo, solamente 35 años y seis meses.

ADEMAS DE CASI INSTITUCIONALIZAR LA CORRUPCION POLITICA hemos institucionalizado el injusto Abuso presuntamente Legal y Discriminatorio con los derechos Protegidos que tienen la mayoría de ciudadanos de la CEE QUE PUEDEN LIBREMENTE TRABAJAR DESPUES DE SU JUBILACION pero cobrando el 100% de sus cotizadas Jubilaciones y pudiendo declarar sus ingresos adicionales pagando lógicamente los impuestos que por su mayor renta personal deban ingresar en las arcas de su estado.

LA UNIDAD TAN DEFENDIDA DE ESPAÑA NO ES POSIBLE cuando el tratamiento fiscal de muchos Impuestos Autonómicos permite la injusta Felonía Presuntamente Legal de Inconstitucionales Agravios Comparativos que hacen a la postre que todos los ciudadanos españoles no tengamos un tratamiento igualitario respecto a Ingresos y a Impuestos en todo el territorio Patrio.

LOS DERECHOS INDIVIDUALES QUE PROTEGEN SUPRANACIONALMENTE LAS SUPERIORES LEYES DE LA CEE no permiten las felonías que Repúblicas Bananeras o Injustas Autonomías Hispanas sigan legislando de una forma discriminatoria creando diferencias Graves entre los tratamientos Impositivos o de Ingresos personales según el lugar de España en que cada ciudadano tenga su residencia física.

¿HASTA CUANDO PODREMOS SEGUIR SOPORTANDO TANTAS DISCRIMINACIONES CIUDADANAS, SIN CONTAR CON EL AMPARO QUE NOS DEBERIA DAR PERTENECER A LA CEE?

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Modificaciones en el IRPF del 2015
Las personas mayores de 65 años en activo pierden sus reducciones fiscales.

Colaboración  "EL TIO VERDADES"  (abuelo del tío de la vara)

Nota - Esto afecta a las personas que cumplen 65 años, están en perfectas condiciones de salud y prolongan su vida laboral sin renunciar a una parte de su pensión. Pueden hacerlo gracias al plan de jubilación activa, un régimen que hace compatibles estos dos conceptos a cambio del pago de un impuesto. La cotización especial de solidaridad del 8% ya ha levantado más de un dolor de cabeza.

Si sigues trabajando como asalariado en las mismas condiciones después de los 65, puede que ganes un poquito más en tu nómina porque tu empresa cotiza menos por ti, pero no puedes añadir a estos ingresos nada de la pensión de jubilación.


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