martes, 21 de abril de 2015

Por la calle del ya voy, se va a la casa del nunca. "La Ley del Menor"

 
El Gobierno asegura que el debate sobre rebajar la edad penal del menor 'no está sobre la mesa'.
Otros dicen que hay que esperar, y que nunca se debe legislar en caliente.

Pero algunos padres que nos hemos sentado en la sala de espera de la Fiscalía de Juzgados de Menores sabemos que es un error, que no se puede esperar, que hay que actuar y cambiar las leyes.

Que los padres no disponemos de mecanismos para educar, corregir o encauzar a nuestros hijos.

Que no podemos cambiar la sociedad en la que viven. Que ni siquiera se nos permite utilizar el tortazo terapéutico. Ya me gustaría ver como se hacen respetar los gobiernos sin ejércitos, sin cuerpos y fuerzas de seguridad. Pero eso sí a los padres se nos exige que sepamos educar a nuestros hijos.

Y aunque hay niños que se pueden educar, hay otros que son fríos, que pueden ser más crueles que un adulto y, en la mayoría de los casos, no muestran arrepentimiento porque no tienen empatía por sus víctimas ni sentimiento de culpa.
 
El odio y el desprecio son sus motivaciones para matar, tienen armas a su alcance y muchos de ellos se sienten solos o poco queridos, pese a que viven en entornos familiares normales y estructurados.

Estos son rasgos comunes en los perfiles de los niños asesinos. Pese a que los crímenes realizados por jóvenes son bastante excepcionales, basta con tirar de hemeroteca para recordar algunos de estos brutales asesinatos.

Por todo ello y por mucha legislación que haya al respecto, a este MENOR ASESINO hay que juzgarlo como un ASESINO, no como un menor. Si un menor jugando o haciendo trastadas con un amigo por accidente produce una muerte por accidente derivado del juego pero sin intención, entonces es cuando la ley del menor se podrá aplicar pero en el caso que nos ocupa el ASESINO fue al colegio a matar al que pudiera y si se ha comportado como un asesino así debe ser juzgado.

Y la barrera es "La Ley del Menor" que impide perseguir penalmente a las personas menores de 14 años que cometen delitos. La norma que regula la responsabilidad penal de los menores data del año 2000 y especifica, en su título preliminar, que se aprueba para delimitar las medidas que pueden exigirse solamente “a las personas mayores de 14 años y menores de 18 años por la comisión de hechos tipificados como delitos o faltas en el Código Penal”.

http://www.lasexta.com/programas/mas-vale-tarde/noticias/marlasca-cuando-autor-asesinato-menor-anos-puede-exigir-responsabilidad_2015042000364.html


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