¿QUÉ SE ESTÁ JUZGANDO EN LOS JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA?
Que si se despiden 130 trabajadores por tener más de 65 años en la vigencia del II Convenio Colectivo de Empresas Vinculadas 2019-2021, (se firmó el 27 de septiembre de 2019) queda obligada la empresa a realizar 260 nuevas contrataciones en el mismo periodo.
A fecha de hoy hay 104 trabajadores despedidos (todos de Telefónica de España) y la empresa argumenta en los juicios que ya se han realizado más de 250 contrataciones (entre las tres jurídicas: TdE, TMóviles y TSoluciones)
Los jueces interpretan que se cumple "la regla del 2x1" y listo para sentencia.
NO IMPORTA NADA MÁS.
***
SE OLVIDAN AL ECHAR LAS CUENTAS DE LO SIGUIENTE:
¿Es el Plan de Suspensión Individual de Empleo (PSI) una prejubilación o un despido diferido?
¿En qué situación hay que considerar a los 2.636 trabajadores que se han apuntado al Plan de Suspensión Individual de Empleo (PSI) puesto en marcha por Telefónica y cuyo plazo de inscripción expiró el 31 de octubre de 2019?
Se sabe que con este acuerdo la empresa se compromete a pagar el 68 % del sueldo, otros extras y cumplir con las obligaciones de pago a la Seguridad Social requeridas mediante un convenio especial hasta que puedan jubilarse.
LA SUSPENSIÓN DE EMPLEO O CONTRATO DE TRABAJO PUEDE DEFINIRSE COMO LA SITUACIÓN DE UNA RELACIÓN LABORAL, ORIGINADA POR LA VOLUNTAD DE LAS PARTES O POR LA LEY, QUE SE CARACTERIZA POR LA EXONERACIÓN TEMPORAL DE LAS OBLIGACIONES BÁSICAS DE TRABAJAR Y REMUNERAR EL TRABAJO, CON PERVIVENCIA DEL VÍNCULO JURÍDICO.
LUEGO, COMO SE SIGUE REMUNERANDO DURANTE 12 AÑOS POR UNA RELACIÓN DE TRABAJO ANTERIOR, NO HAY MÁS REMEDIO QUE CONSIDERARLO COMO UN DESPIDO EN DIFERIDO.
Y si es UN DESPIDO EN DIFERIDO, éste debería contabilizarse como UNA JUBILACIÓN FORZOSA ocurrida en la vigencia del convenio, luego TELEFÓNICA PARA CUMPLIR el artículo 12 bis, de jubilación forzosa DEBERÍA CONTRATAR DOS PERSONAS POR CADA UNO DE LOS TRABAJADORES QUE SALEN, O SEA 5.272, ADEMÁS DE LOS QUE VAYA SUMANDO POR ECHAR SIN NINGÚN TIPO DE INDEMNIZACIÓN A LOS MAYORES DE 65 AÑOS.
***
¿Y QUÉ ES LO QUE SE ESTÁ INCUMPLIENDO AL EJECUTAR EL 13 DE DICIEMBRE DEL 2019 EL DESPIDO ANTICONSTITUCIONAL Y VERGONZOSO DE LOS ESCASOS 104 TRABAJADORES MAYORES DE 65 AÑOS DE TELEFÓNICA?
SE INCUMPLE EL TEXTO DEL CONVENIO EN QUE SE DICE QUE ESTA MEDIDA " Tiene la finalidad de mejorar la estabilidad y sostenimiento del empleo"
esta medida además de creación de empleo proporcionará un relevo generacional, al tener una correspondencia directa entre el número de jubilaciones y el volumen de contratación que se pudiera producir durante la vigencia del Convenio, al estar obligada la Empresa a contratar durante la referida vigencia, dos personas por cada una cuyo contrato se extinga por aplicación de la jubilación forzosa.
Las contrataciones realizadas han sido en su mayoría antes de septiembre cuando aún no se sabía nada de la clausula de despido a los mayores de 65 años ni de la adopción de un PSI*, (que abre la puerta a seguir con la destrucción de empleo a MILES de trabajadores).
Y son como consecuencia natural de la incorporación anual de tandas de becarios que pasan a contratos fijos. LUEGO ES FALSO QUE SE HAYAN REALIZADO NUEVAS CONTRATACIONES PARA SUPLIR LAS BAJAS DE LOS 104 TRABAJADORES DESPEDIDOS.
Telefónica, una empresa con beneficios que está despidiendo trabajadores por miles con un ERE encubierto llamado PSI
PSI* = Plan de Suspensión Individual de Empleo (PSI)ERE encubierto
En Telefónica 2.636 empleados dejarán la compañía en 2019 mediante el Plan de Suspensión Individual de Empleo (PSI) cuyo plazo de inscripción expiró el 31 de octubre de 2019.
Este Plan de Suspensión Individual no es tal, se firma de forma individual pero con una FÓRMULA CERRADA Y ACORDADA DE LOS SINDICATOS CON LA EMPRESA.
¿Cómo se ha generado y en que consiste este fraude de ley llamado PSI adoptado por Telefónica y otras empresas como por ejemplo Endesa?
LA HISTORIA ES LA SIGUIENTE.
Telefónica al principio empezó despidiendo a la gente con EREs
Tiene su origen en el despido colectivo de más de 6.000 trabajadores que TELEFÓNICA ejecutó en plena crisis, cuando obtenía un récord de beneficios de 10.000 millones de euros.
SE VIÓ QUE EN ESTE ERE Y LOS SIGUIENTES SE PRODUCÍA UN FRAUDE DE LEY Y PARA COREGIRLO SE CREÓ LA "CLAUSULA TELEFÓNICA"
La "cláusula Telefónica", es una medida en 2011 del Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero matizada después por el de Mariano Rajoy en la que se obliga a las empresas de más de cien trabajadores que ejecutan EREs teniendo beneficios a adelantar el coste del subsidio de desempleo de los trabajadores mayores de 50 años que son despedidos en esos expedientes.
PERO TELÉFONICA SE VOLVIÓ A REINVENTAR CON EL PSI
y adoptó el PSI en el 2015. Y luego más PSI en el 2019
En estos se ofrece a los trabajadores de 53 años o más con una antigüedad de quince años, el 68% de su salario hasta que cumpla 65 años, manteniendo todos los beneficios de trabajar en Telefónica como asistencia médica y Seguro Colectivo de Riesgo de la compañía.
Mediante este invento del PSI, al disimularlo como programa de suspensión individual, Telefónica se ahorra la aportación obligatoria al Seguro de Desempleo que debería hacer mediante la fórmula ERE.
El perjuicio para las arcas de la Seguridad Social es doble ya que no aporta al Seguro de Desempleo y la Seguridad Social vé como el colectivo del PSI adelanta 2 años el cobro de la pensión con una penalización mínima.
No nos dejemos engañar, El PSI es un DESPIDO DIFERIDO, ya que no se ha incorporado NUNCA NADIE AL TRABAJO porque para los trabajadores que se jubilan anticipadamente les sale redonda la jugada, al permitírseles acumular la pensión de la SS y la renta de TdE con una penalización ridícula.
Atendiendo a lo expuesto el PSI prácticamente es un fraude de ley y además, no es un plan de suspensión "individual" ya que se negocia de forma colectiva por la Empresa y los sindicatos.
Mediante la fórmula PSI frente al ERE la Seguridad Social sufre un perjuicio económico enorme y todo ello gracias a la colaboración de los sindicatos firmantes del convenio de TdE.
LOS JUECES DEBERÍAN CONSIDERAR QUE LOS PSI SON UNA FÓRMULA DE DESTRUCCIÓN DE EMPLEO COMO LOS EREs, NI 2x1 NI NADA QUE SE LE PAREZCA, SINO MILES Y MILES DE PUESTOS QUE SE AMORTIZAN.
Esperemos que algún partido político recoja el testigo de denunciar y perseguir este fraude de Ley encubierto que penaliza a la bolsa de la Seguridad Social
***
¿DÓNDE ESTÁ LA ESTABILIDAD Y SOSTENIMIENTO DEL EMPLEO?
Cuando se mira el balance histórico de altas y bajas de trabajadores según las políticas de empleo
Vemos que en 1995 Telefónica empleaba a más de 70.000 personas en España. En 2009 baja la plantilla a 52.000 y ahora en el 2019 no llega a 20.000.
YA SE DIJO ANTERIORMENTE EN SENTENCIAS DEL TRIBUNAL SUPREMO
Sentencia 09/03/2014Id Cendoj: 28079140012015100120 Tribunal Supremo. Sala de lo Social
enlace
Por ello, declarábamos que "lo único que apreciamos es una drástica minoración de la plantilla de «Telefónica» y el innegable rejuvenecimiento de la misma, con evidente reducción de costes finales para la empleadora demandada; lo que ciertamente podrá tener justificación en términos económicos y de competitividad, pero en manera alguna puede ampararse en la ya derogada DA 10ª ET, que sometía la previsión colectiva sobre el cese forzoso por razón de edad a unos rigurosos requisitos, inexistentes en el caso de autos".
***
Y POR ÚLTIMO
El despido forzoso de Telefónica es anticonstitucional
Ningún derecho constitucional tiene fecha de caducidad. El artículo 35 de la Constitución, que garantiza el derecho al trabajo, no estipula que ese derecho se pierda al cumplir una determinada edad.
Lo mismo se puede decir del artículo 10 de la Constitución, que establece la igualdad de derechos de todos los españoles, sin que puedan prevalecer circunstancias sociales o personales. La edad es claramente una circunstancia personal.
En la imposición de la jubilación obligatoria por edad, el Estado español viola de un modo flagrante y sistemático dos derechos fundamentales de los ciudadanos: el derecho a la igualdad y el derecho al trabajo.
El trabajo «es uno de los aspectos más fundamentales en la vida de una persona
... es lo que le asigna un papel de contribuyente en la sociedad. El trabajo retribuido es un componente esencial del sentido de identidad de una persona, del sentido de valía que tiene de sí misma y de su bienestar emocional».
Entre las razones de carácter psicosocial, apuntan los expertos al efecto profundamente negativo y depresivo que produce en un considerable número de personas la sensación de inutilidad y el exceso de tiempo libre improductivo.
Para muchas personas el abandono forzado de su profesión constituye el equivalente social de la muerte, y de hecho contribuye a acelerar la muerte de muchas de ellas.
Es una insensatez condenar a la improductividad permanente a partir de una edad arbitraria de jubilación a un sector social cada vez más amplio compuesto por individuos con un alto nivel educativo que, gracias a unos hábitos de vida sana y práctica regular del deporte, llegan a esa edad con un grado óptimo de energía y con deseos de mantenerse en su puesto de trabajo.
En cuanto a las razones de carácter práctico para la eliminación de la jubilación obligatoria por edad, la más evidente es que ello aumentaría las contribuciones a la Seguridad Social en un momento en que se ciernen serias dudas sobre la viabilidad del sistema, al tiempo que reduciría el número de pensionistas.
La obligación de jubilarse se debe basar exclusivamente en pruebas individualizadas de aptitud.
Una vez eliminada la jubilación obligatoria por edad, cualquier persona, al alcanzar al edad de jubilación establecida por la ley, podrá elegir entre jubilarse o continuar trabajando hasta que quiera, siempre que demuestre competencia para su labor. Más aún, quienes ya se han jubilado podrían volver si lo desean al mercado de trabajo, lo que supondría dejar de cobrar su pensión y pasar a cobrar un sueldo y contribuir de nuevo a la Seguridad Social.
La ignorancia combinada con los engaños electoralistas han transmitido a los más jóvenes la falsa idea de que en el mercado del trabajo tienen que salir unos para que entren otros.
Es decir, se les inculca la noción de que el mundo laboral es como una pecera rígida en la que para que entren unos peces tienen que salir otros. Si así fuera, la economía nunca crecería. Lo que ocurre es todo lo contrario, la economía es como un globo, cuantos más entran en él más se expande y más beneficio reporta para todos. Precisamente es en los países sin jubilación obligatoria por edad donde hay menos paro juvenil.
Estados Unidos abolió y prohibió por ley la jubilación obligatoria por edad en 1986. Canadá hizo lo mismo poco después, así como Gran Bretaña y otros países. Estos países suprimieron la jubilación obligatoria por edad en un contexto amplio de prohibición de la discriminación por edad.
**
Artículo
Trabajar más allá de la jubilación
14 sep. 2018
Juan A. Herrero Brasas es profesor de Humanidades en Saint Louis University (Madrid) y presidente de la ONG Edad sin Fronteras
https://www.elmundo.es/opinion/2018/09/14/5b9a9dcce5fdea611e8b46a0.html
***
COROLARIO
Ayer se dió un homenaje a las víctimas del COVID, en particular a los mayores a los que durante la fase crítica de la pandemia se les había negado el uso de los respiradores.
Son estos mismos mayores a los que se les negó por real decreto 28/2018 presentado por el gobierno de Sánchez en diciembre de 2018 y aprobado luego por las Cortes el derecho a seguir trabajando mediante la discriminatoria jubilación forzosa.
No queremos homenajes póstumos, queremos tener acceso a los respiradores y a seguir trabajando si somos aptos para ello.
En Telefónica de España se han despedido hasta el día de hoy 104 mayores de 65 años con la excusa de que se van a contratar entre las tres jurídicas trabajadores en proporción de dos por uno.
En el total de la duración del convenio posiblemente se imposibilite a 130 personas seguir trabajando, con familias detrás y si no quieren jubilarse no será por fastidiar sino porque lo necesitan.
Mientras tanto con los PSI y antes con los ERES se facilita la salida a miles que voluntariamente y con 53 años ya no desean seguir trabajando.
Y ocurre todo esto porque tenemos unos sindicatos paniaguados que se han puesto a defender los intereses de la empresa.
Se dice que con estas medidas se priman los derechos generales de creación de empleo frente al derecho individual del trabajo.
Y ENCIMA LOS JUECES LES ESTÁN DANDO LA RAZÓN EN TODOS LOS JUICIOS CELEBRADOS.
Espero y deseo que haya una justicia divina que ponga las cosas en su sitio y mande su fuego el ángel exterminador a esta empresa y a este país que no respeta a sus mayores.
Telefónica lidera las caídas del Ibex 35 tras la desinversión de Caixabank
Las acciones de Telefónica siguen cayendo en el Ibex 35. Hace unos días se conoció que Caixabank redujo su participación en Telefónica por debajo del 5% por primera vez en 13 años tras la ampliación de capital realizada por el grupo de telecomunicaciones para el abono del dividendo flexible.
No hay comentarios:
Publicar un comentario