jueves, 17 de mayo de 2018

El Atlético de Madrid gana la Europa League

No es la Champions. No, no lo es. Pero sabe muy bien. Quién lo va a negar.

Esta Europa League, por lo que significa y por cómo ha transcurrido la temporada, es como encontrar agua en el desierto.

Porque el Atlético, tras caer en la primera fase de la máxima competición europea, se pudo venir abajo. Por qué no. Sin embargo, llegó a la Europa League –perdón, “a la mierda de Europa League”– y se conjuró para ganarla.

Compareció ante rivales rutinarios, coleccionó victorias, acumuló goles y, tras ganar al Arsenal, se vio campeón. Esperaba el Marsella en la final. Y se vio favorito, para qué vamos a negarlo. Y lo corroboró sobre el césped con dos goles de Griezmann y otro de Gabi.

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https://www.youtube.com/watch?v=SCR6dBtKkBI

Una letra en base al "Soy un novio de la muerte".

Soy un socio del Atleti
Nadie en el campo sabía
quién era aquel rojiblanco
tan audaz y temerario
que en el área se internó.
Nadie sabía su historia
mas la afición suponía
que un gran dolor le mordía
como a un lobo el corazón.

Cuanto más duro era el juego
y la pelea más fiera,
defendiendo su bandera
el rojiblanco avanzó
y sin temer el marcaje
del enemigo desatado
supo saltar como un bravo
y a las mallas remató.

Y al mirar a las gradas llenas de gente,
murmuró el rojiblanco con voz valiente:

Soy un socio del Atleti.
Tengo un hombre en mi nevera.
Soy un socio del Atleti
que va a unirse en lazo fuerte
con la hinchada colchonera.

Cuando al fin lo retiraron
en su cartera encontraron
una carta y un retrato
de Luis Aragonés.
Y aquella carta decía:
“Si Muñoz un día te llama,
para mi un puesto reclama,
que a buscarte pronto iré”.

Y en el último pase que le enviaban
un gol de cabeza le consagraba.

Por ir a tu campo a verte,
mi más leal compañera,
me hice socio del Atleti,
la estreché con lazo fuerte
roja y blanca, la bandera.
Roja y blanca, la bandera.
Roja y blanca, la bandera.


miércoles, 16 de mayo de 2018

Qué es el GDPR


El GDPR, por sus siglas en inglés (General Data Protection Regulation), o RGPD por sus siglas en español (Reglamento General de Protección de Datos), es la nueva normativa que regula la protección de los datos de los ciudadanos que vivan en la Unión Europea.


El Reglamento General de Protección de Datos pasará a ser de obligado cumplimiento a partir del 25 de mayo de 2018.

Derecho al olvido
Los usuarios tienen derecho a solicitar que el responsable del tratamiento de sus datos personales los borre, que deje de compartirlos e incluso que haga que los terceros con los que los han compartido dejen de procesarlos.

Derecho a la portabilidad de datos
Una vez los usuarios han ejercido su derecho a obtener los datos personales que ha obtenido sobre ellos cualquier servicio, los cuales tienen que estar bien estructurados y organizados, tienen el derecho a entregárselos a otra empresa o controlador de datos si así lo quisieran.

Privacidad por Diseño obligatoria
La Privacidad por Diseño es una noción que obligará a los desarrolladores a incorporar las medidas oportunas para la protección de datos personales directamente en el diseño del software. Aquí, la IP del usuario pasará a considerarse un dato personal más.
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La verdadera razón por la que recibes tantos correos sobre privacidad (y no es el GDPR)

El gran pánico a las sanciones económicas que establece el GDPR (desde multas de hasta 20 millones de euros, a un 4% de la facturación anual) está generando estas oleadas de correos.

El PECR (Privacy and Electronic Communications Regulations) es el reglamento que opera en los correos de marketing. De hecho, esta legislación recoge todo lo que tiene que ver con la publicidad; desde los ya nombrados emails, a los mensajes de texto publicitarios.

No es que el GDPR venga a sustituir al PECR exactamente, sino que por ahora lo completará.

Con la llegada del GDPR se ha tenido que ampliar el concepto, con lo que ahora hay que añadir a su definición los siguientes puntos:

El consentimiento se debe otorgar libremente, lo que significa que el usuario elige y controla cómo se usan sus datos.
El consentimiento debe ser obvio y requiere una acción positiva para participar. Las solicitudes de consentimiento deben ser destacadas, desagregadas de otros términos y condiciones, concisas y fáciles de entender, y fáciles de usar.
El consentimiento debe cubrir el nombre del controlador de datos, los propósitos del procesado de datos y los tipos de actividades de procesado de datos.
El consentimiento explícito debe expresarse de palabra.
No hay un tiempo límite con respecto a la validez del consentimiento, su duración depende del contexto.

En otras palabras: el consentimiento no sólo debe ser inequívoco, sino que debe incluir a alguien que otorgue su permiso activamente. Por ejemplo, un formulario web que cumpla con el GDPR no tendrá cajas premarcadas; el usuario tendrá que marcarlas en todo momento.
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Agencia Española de Protección de Datos
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jueves, 3 de mayo de 2018

ETA anuncia su fin tras casi 60 años y más de 800 víctimas.

Durante los casi 60 años de existencia de ETA, España vivió conmocionada la masacre que ocasionó la banda terrorista bajo la justificación de una lucha política, en la que asesinó a más de 800 mujeres, hombres y niños inocentes que estaban en el lugar y en el momento menos adecuados (a su vez, dejó sin esclarecer más de 350 crímenes).



Euskadi Ta Askatasuna (ETA) (del euskera, 'País Vasco y Libertad') fue una organización terrorista nacionalista vasca que se proclamaba independentista, abertzale, socialista y revolucionaria.

Durante sus sesenta años de existencia han existido diferentes organizaciones con el mismo nombre surgidas como resultado de diversas escisiones, coexistiendo en varias ocasiones algunas de ellas, de las cuales solo sobreviviría la conocida como ETA militar (ETA (m)).

Inactiva desde el anuncio del cese definitivo de su actividad armada en octubre de 2011 y desarmada desde abril de 2017, ETA anunció su disolución el 3 de mayo de 2018.

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ETA tiene en las cárceles a cerca de 300 miembros, de los que 245 están en España y el resto en Francia, donde están recluidos algunos de los etarras con un horizonte penitenciario más largo. El anuncio definitivo de su disolución pone sobre la mesa un debate sobre la revisión de la política penitenciaria hacia los presos de la banda.

Nueve prisiones andaluzas se reparten 85 presos, por delante de los 45 que cumplen penas en cárceles de la Comunidad Valenciana, y, ya en menor medida, los que están internos en centros de Galicia (22), Castilla y León (15) o los 11 de Castilla La-Mancha.

Solo tres presos, según los datos de Etxerat, están en cárceles vascas y un cuarto, Ibon Iparragirre, enfermo de sida, fue en enero trasladado a un hospital de Gipuzkoa para seguir cumpliendo condena en régimen de prisión atenuada.

Dieciocho cárceles francesas con medio centenar de reclusos etarras son la muestra de que el país galo dejó de ser hace muchos años el "santuario" o "refugio" de la banda.

En la prisión salmantina de Topas está Santiago Arrospide Sarasola, Santi Potros, quien además de ser de los más veteranos en la cárcel -tiene 70 años-, es uno de los etarras más sanguinarios.

Tiene condenas de casi 2.000 años por el atentado de 1986 en la plaza de la Republicana Dominicana de Madrid, en el que fallecieron 12 guardias civiles, o de otros casi 800 años por ordenar el atentado de Hipercor en Barcelona en 1987, en el que murieron 21 personas.

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ETA escenifica su final en la localidad francesa de Cambo

https://youtu.be/20wpPe8f5zY
Declaración final de ETA al Pueblo Vasco
http://canales.diariovasco.com/documentos/declaracion-final-eta.pdf

Josu Ternera, el último 'general' de ETA

El exdirigente de la organización ya disuelta lo ha sido todo en la izquierda abertzale: líder etarra, parlamentario por Euskal Herritarrok (EH) y negociador en las conversaciones con el Gobierno de Zapatero en 2006

José Antonio Urrutikoetxea, Josu Ternera, está prófugo de la justicia desde el 14 de noviembre de 2002, mes en el que tenía que haber declarado como imputado por el salvaje atentado etarra del cuartel de la Guardia Civil en Zaragoza en 1987


 enlace
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HISTORIA DE LOS VASCOS EN 10 MINUTOS

https://www.youtube.com/watch?v=uPomdKuZMjE


viernes, 27 de abril de 2018

Sentencia del juicio de la manada (371 folios)


Sentencia del juicio de la manada (371 folios) ...

https://www.republica.com/wp-content/uploads/2018/04/sentencia_la_manada_26_4_2018.pdf

Presidente
D. JOSÉ FRANCISCO COBO SÁENZ ( Ponente)
Magistrada
Dª. RAQUEL FERNANDINO NOSTI
Magistrado
D. RICARDO JAVIER GONZÁLEZ GONZÁLEZ
(Voto particular)

 por presuntos delitos :

(i) Cinco delitos continuados de  agresión  sexual de  los artículos 178, 179, 180 1. 1ª, 2ª y 3ª, 192 y 74  del  Código  Penal;
(ii) Un  delito  contra  la  intimidad  del  artículo  197.1  y  5  del  Código  Penal  y 
(iii)  Un  delito de  robo  con  intimidación  del artículo 242. 1 del Código Penal.


pág. 15

(./.) Seguidamente “la denunciante” y procesados siguieron su camino, por la Avenida de …..

En este trayecto uno de los procesados, empezó a cogerle del hombro y de la cadera, “la denunciante” sintiéndose incómoda, propuso girar a la izquierda, tomando el inicio de la calle  …..

Una vez en la calle …., J.A.P. reparó en que una mujer accedía al portal del inmueble, después de mantener una breve conversación con ella, simulando que estaba alojado, cogió uno de los ascensores y subió al segundo piso, bajando al portal por las escaleras.

Seguidamente, J.A.P. abrió la puerta de acceso al portal.

Entretanto, “la denunciante” y los otros cuatro procesados, permanecían apoyados en la pared divisoria del acceso a los garajes de los inmuebles … de la Calle …….

Hallándose las cinco personas así ubicadas, A.B. y “la denunciante”, estaban besándose en la boca; mientras se hallaba en esa situación, J.A.P. desde la puerta de acceso al portal, que mantenía abierta, dijo "vamos, vamos".

En ese momento A.B., quien le había dado la mano para besarse, tiró de ella hacia él, cogiéndole de la otra mano A.J.C.; ambos la apremiaron a entrar en el portal tirando de “la denunciante”, quien de esa guisa entró en el recinto de modo súbito y repentino, sin violencia.

Cuando le introdujeron en el portal, los procesados, le dijeron "calla", significándole que guardara silencio mediante el gesto de llevarse la mano abierta a la boca.

De esa forma “la denunciante” y los procesados llegaron a la puerta ubicada en el interior de portal, situada a la izquierda de los ascensores,…..….

Cuando “la denunciante” accedió al primer rellano, la puerta de acceso, estaba abierta, tenía delante de ella a uno de los procesados y detrás a otros.

De este modo fue dirigida por los procesados al habitáculo que se acaba de describir, donde los acusado le rodearon.

Al encontrarse en esta situación, en el lugar recóndito y angosto descrito, con una sola salida, rodeada por cinco varones, de edades muy superiores y fuerte complexión, conseguida conforme a lo pretendido y deseado por los procesados y querida por estos, “la denunciante” se sintió impresionada y sin capacidad de reacción.

En ese momento notó como le desabrochaban la riñonera que la llevaba cruzada, como le quitaban el sujetador sin tirantes abriendo un clip y le desabrochaban el jersey que tenía atado a la cintura; desde lo que experimentó la sensación de angustia, incrementada cuando uno de los procesados acercó la mandíbula de la denunciante para que le hiciera una felación y en esa situación, notó como otro de los procesados le cogía de la cadera y le bajaba los leggins y el tanga.

“La denunciante”, sintió un intenso agobio y desasosiego, que le produjo estupor y le hizo adoptar una actitud de sometimiento y pasividad, determinándole a hacer lo que los procesados le decían que hiciera, manteniendo la mayor parte del tiempo los ojos cerrados.

Los procesados, conocieron y aprovecharon la situación de la denunciante en el cubículo al que la habían conducido, para realizar con ella diversos actos de naturaleza sexual, con ánimo libidinoso, actuando de común acuerdo.

(./.)

Durante el desarrollo de los hechos  ......, grabó con su teléfono móvil seis vídeos con una duración total de 59 segundos y tomó dos fotos;  ....., grabó del mismo modo un vídeo, con una duración de 39 segundos.

Finalizados estos hechos, los procesados se marcharon escalonadamente.

La denunciante” tomó asiento en el banco, llorando desconsoladamente, hasta el punto que llamó la atención de una pareja, que al verle llorar se desviaron de su trayectoria, dirigiéndose al banco para atenderle; llamaron al teléfono 112, personándose poco después una patrulla de la Policía Municipal.

Fue trasladada desde el lugar de los hechos hasta el Servicio de Urgencias de Complejo Hospitalario de ......., donde se le revisó ginecológicamente a partir de las … horas, administrándosele tratamiento anticonceptivo de emergencia y profiláctico.

Como consecuencia de los hechos “la denunciante” tuvo lesiones consistentes en: lesión eritematosa en zona de horquilla posterior en la zona de la cinco horarias para cuya curación precisó de una primera asistencia facultativa.

Se le realizó una prueba de detección de alcohol que determino un resultado positivo de 0,91 +/- 0,05 g/l de alcohol en sangre y 1,46 +/- 0,06 g/l de alcohol en orina.

(./.)

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Nota sobre los Puntos suspensivos: omisión de texto en medio de la cita
 

En la escritura académica, el caso más frecuente (y obligado de indicar) de omisión textual dentro de una cita es la ausencia de palabras, frases o hasta párrafos dentro de la cita.
 

La mayoría de los editores prefieren, para estos casos, encerrar los puntos suspensivos entre corchetes (paréntesis cuadrados) y jamás entre paréntesis.
 

La RAE (a través del DPD- Diccionario panhispánico de dudas) avala tanto el uso de puntos suspensivos dentro de paréntesis como de corchetes, si bien prefiere el uso de los corchetes. (En algunos ordenadores no está fácilmente accesible la tecla para los paréntesis cuadrados)

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Indignación tras la escasa condena a nueve años de 'La Manada' por abuso sexual y no por violación.

 El magistrado Ricardo González, quien ha emitido este jueves un voto discrepante de la sentencia condenatoria contra los miembros de la Manada, afirma en su escrito que en los vídeos grabados por los acusados sólo observa a cinco varones y una mujer practicando "actos sexuales en un ambiente de jolgorio y regocijo".

En su voto particular, tras denunciar el “innegable, por notorio y evidente, juicio paralelo que desde el primer día ha tenido este proceso”, el juez sostiene que la víctima “ha incurrido en tan abundantes, graves y llamativas contradicciones que las modificaciones introducidas en su relato durante el acto del juicio oral constituyen auténticas retractaciones”.

Respecto al vídeo presentado en el juicio como prueba de cargo, el juez señala que el rostro de la joven muestra una “innegable expresión relajada, sin asomo de rigidez o tensión”, lo que “impide sostener cualquier sentimiento de temor, asco, repugnancia, rechazo, negativa, desazón, incomodidad”.

Las imágenes, asegura, son “ciertamente de contenido perturbador”, pero no aprecia otra cosa que “una cruda y desinhibida relación sexual, mantenida entre cinco varones y una mujer, en un entorno sórdido, cutre e inhóspito y en la que ninguno de ellos (tampoco la mujer) muestra el más mínimo signo de pudor, ni ante la exhibición de su cuerpo o sus genitales, ni ante los movimientos, posturas y actitudes que van adoptando”.

“No aprecio en ninguno de los vídeos y fotografías signo alguno de violencia, fuerza o brusquedad ejercida por parte de los varones sobre la mujer. No puedo interpretar en sus gestos, ni en sus palabras, en lo que me han resultado audibles, intención de burla, desprecio, humillación, mofa o jactancia de ninguna clase“, asevera el juez.

En este sentido, declara observar “una desinhibición total y explícitos actos sexuales en un ambiente de jolgorio y regocijo en todos ellos y, ciertamente, menor actividad y expresividad en la denunciante”.

Se trata, agrega, de “imágenes de sexo explícito en las que no tiene cabida la afectividad, pero también sin visos de fuerza, imposición, conminación o violencia”.

Incluso, agrega, de los gestos, expresiones y sonidos que emite la joven se desprende “excitación sexual”, aunque reconoce esto no supone necesariamente que la relación sexual sea consentida.

La escena, insiste el magistrado, “es de una innegable crudeza, tanto por el lugar en el que se desarrollan las relaciones como por la desigual suma de participantes (cinco hombres y una mujer), y el sexo que se expone en ellas es de una impudicia más que notable”.

Sin embargo, añade, “me resulta en conciencia imposible afirmar que lo que se está viendo sea una agresión sexual violenta o que la mujer actúe bajo la influencia de una intimidación que, por más que se pretenda por las acusaciones, no se manifiesta en modo alguno, como también que se encuentre en un estado de ‘shock’ de tal intensidad que la tenga paralizada o sometida”.

Tampoco admite que se diga que una joven de 18 años “no esté dotada de suficiente madurez personal como para decidir, con la necesaria autonomía, las relaciones sexuales que quiera mantener, por personalísimas razones que solo le incumben a ella, mucho menos en una sociedad como la actual, en la que los individuos, con independencia de su sexo, han alcanzado de hecho un considerable grado de libertad para autodeterminarse sexualmente”.
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jueves, 19 de abril de 2018

¿Por dónde empezamos?



Llarena acaba de procesar a los ex miembros del Govern por un delito de rebelión agravado por ese gasto de dinero público, que Llarena cifra provisionalmente en 1.602.001,57 euros.


El reparto que expone el juez es el siguiente:

Los relativos al desarrollo de la campaña de registro de catalanes en el extranjero para la emisión de su voto, por un importe de 224.834,25 euros.

Los relativos a la campaña de publicidad y difusión del referéndum, por importe de 277.804,36 euros.

Los atinentes al suministro de papeletas, al censo electoral y a las citaciones a personas integrantes de las mesas electorales, realizados por Unipost, por un importe total de 979.661,96 euros.

"Si no hay rebelión según la justicia alemana ni malversación como dice Montoro, todos a casa".
 



Ciudadanos se ha cansado de esperar y tiene tomada la decisión. No abortará la moción de censura contra la presidenta de la Comunidad de Madrid, Cristina Cifuentes, por el escándalo de su máster, pero pondrá sobre la mesa dos condiciones al PSOE: aislar a Podemos y levantar las alfombras de la corrupción del PP en Madrid.

Un documento de Bescansa destapa un plan con Errejón para tumbar a Iglesias

Un plan interno subido en Telegram por la fundadora de Podemos detalla el plan de acceso conjunto de ambos diputados a la candidatura de la Presidencia madrileña y el salto a la disputa por la candidatura al Gobierno de España. Errejón niega conocer este texto y que se haya llegado a un acuerdo.  


El precio del alquiler en la Comunidad de Madrid aumenta un 27% en cuatro años

Un análisis del portal inmobiliario Fotocasa detalla un incremento del coste por metro cuadrado de 9,05 euros en 2013 a 11,45 en 2017

La subida en la región es superior a la media en España, del 18%, pero se queda por debajo de Catalunya, cuyos alquileres se han disparado un 49%

 “el alimento del futuro”

Carrefour ha empezado a comercializar en España una nueva gama de alimentos elaborados con insectos

En total, la compañía lanza diez artículos entre los que se encuentran barritas energéticas, snacks, aperitivos, pasta y granolas.

Estos productos se han elaborado íntegramente en Europa y cuentan, según el grupo de distribución, con los mejores standares de calidad, su procesado es manual y emplean ingredientes procedentes de la agricultura ecológica.

y para cuando se acaben los insectos ...  podemos comer Soylent Green


Argumento película Soylent Green (cuando el destino nos alcance)

En el año 2022, la población de Nueva York, unos cuarenta millones de habitantes, vive en condiciones miserables. Para combatir el hambre se crea un alimento sintético, el soylent green, pero el policía Thorn y el viejo Roth, un superviviente de otra época, sospechan que detrás del nuevo alimento hay algo inquietante.



La película termina con un Charlton Heston enloquecido gritando que el soylent green está hecho con carne humana de los que se mueren, sin que a nadie, ni a sus compañeros ni a los pobres hambrientos hacinados en la iglesia les importe lo más mínimo.  

lunes, 16 de abril de 2018

Las meninas de Velázquez salen a las calles de Madrid


La meninas eran las sirvientes (niñas de familia noble que entraban en palacio a servir a la reina o a sus hijos) de la  infanta Margarita Teresa de Austria.

Son personajes de la obra maestra (1656) de igual nombre del pintor barroco español Diego Velázquez.

La infanta Margarita Teresa era hija del rey Felipe IV de España y de su sobrina y segunda esposa, Mariana de Austria y, por tanto, hermana del rey Carlos II, «el Hechizado», que fue el heredero.

También fue emperatriz consorte del Sacro Imperio Romano Germánico por su matrimonio con su tío, el emperador Leopoldo I.

Isabel de Borbón (primera esposa) fue hija del rey Enrique IV de Francia y de su segunda esposa, María de Médici.


Contrajo matrimonio el 25 de noviembre de 1615 con el entonces príncipe de Asturias Felipe (futuro Felipe IV), siendo así su primera esposa y madre del príncipe Baltasar Carlos.

Isabel destacó siempre por su belleza física, su elevado intelecto y una noble personalidad que le granjeó el cariño del pueblo. Sin embargo, su marido, el rey Felipe IV, le fue infiel en múltiples ocasiones.

De su matrimonio nacieron ocho hijos, de los que solo dos superaron la infancia: María Teresa (que se casó con su primo, Luis XIV de Francia) y Baltasar Carlos, príncipe de Asturias. Este último fue la gran esperanza de la Monarquía hispánica, al mostrar dotes de gran inteligencia y voluntad en las labores de gobierno, pero murió de viruela con diecisiete años.

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Felipe IV
http://descubriendomayrit.blogspot.com.es/2014/05/madrid-ecuestre-i.html
El monumento a Felipe IV o fuente de Felipe IV ocupa el centro de la plaza de Oriente, uno de los recintos de mayor interés histórico-artístico de Madrid.

La adicción al sexo de Felipe IV: el Rey que tuvo 46 hijos, pero solo dejó un heredero

El Monarca tenía el perfil de «un sexoadicto anónimo y promiscuo», tuvo 46 hijos, pero solo dejó un heredero. Fruto de su relación con la actriz María Inés Calderón nació el célebre Don Juan José de Austria  Paradójicamente, el Rey que más hijos ha tenido en la historia de España, 13 legítimos, murió sin ser capaz de dar más heredero varón que el enfermizo Carlos II.

Un castigo casi bíblico para un Monarca –culto, inteligente, amigo de Velázquez y gran mecenas del arte–, que desatendió los asuntos de su reino hasta que éste comenzó a desmoronarse. Para entonces era demasiado tarde.

Carlos II, «el Hechizado»
 Sobre Carlos II ha caído el mito de la decadencia española, país gobernado por monarcas atrasados, donde se practicaba incluso la brujería, pero la historiografía del siglo XXI pone en duda ese mito e incluso la mala salud del rey. El monarca vivió bastante para su época y, junto a sus hombres, logró mantener intacto el imperio frente al poderío francés de Luis XIV, consiguió una de las mayores deflaciones de la historia, el aumento del poder adquisitivo en sus reinos, la recuperación de las arcas públicas, el fin del hambre y la paz. Logros por los que autores como Luis Ribot lo califican de «ni tan hechizado ni tan decadente»

Mariana de Austria
Mariana era hija del emperador Fernando III del Sacro Imperio Romano Germánico y de la infanta María Ana de España, hija a su vez del rey Felipe III de España. Desde niña estuvo comprometida con su primo Baltasar Carlos, Príncipe de Asturias, pero al morir éste inesperadamente joven en 1646, el rey Felipe IV de España, viudo tras la muerte de su primera esposa, Isabel de Francia, se ofreció como novio de la joven archiduquesa austríaca.



Las meninas, icono de la pintura universal, han dejado el Museo del Prado para dejarse ver en las calles de Madrid como figuras de fibra de vidrio decoradas con un toque de modernidad por artistas plásticos, músicos, toreros, actores o diseñadores para promocionar la ciudad como Capital de Moda, y que ahora son reinterpretadas con un estilo contemporáneo y variopinto para embellecer Madrid desde este fin de semana hasta primeros de julio próximo.

En realidad las estatuas se parecen más a Mariana de Austria más que a las meninas del cuadro de Velazquez.

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En el cuadro el tema central es el retrato de la infanta Margarita de Austria, colocada en primer plano, rodeada por sus sirvientes, «las meninas», aunque la pintura representa también otros personajes.

En el lado izquierdo se observa parte de un gran lienzo, y detrás de este el propio Velázquez se autorretrata trabajando en él.

Un espejo colocado al fondo refleja las imágenes del rey Felipe IV y su esposa Mariana de Austria, medio del que se valió el pintor para dar a conocer ingeniosamente lo que estaba pintando.

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El Ayuntamiento de la capital española ha ubicado 80 meninas en algunos de los lugares públicos más importantes de la ciudad y de mayor afluencia de visitantes para promocionar el comercio y el turismo de compras.

Fueron ideadas por el diseñador y pionero del arte urbano, el venezolano Antonio Azzato en color blanco lavable para que puedan ser repintadas con libertad creativa. Miden 1,80 metros de alto, 1,60 de fondo, pesan 30 kilos y se posan sobre peanas de 200 kilos.

Las céntricas plazas de Oriente, Callao o la Puerta del Sol, entre otros lugares, cuentan ahora con la presencia de estas meninas en tres dimensiones, “vestidas” de gran variedad cromática y figurativa, incluso alguna inspirada en Darth Vader, uno de los personajes principales de la saga “La guerra de las galaxias”. 

Las fotografías de los viandantes junto a las figuras están aseguradas.


Pero la campaña tiene vocación internacional, pues las esculturas, como “lienzos en blanco”, viajarán por varios países para seguir siendo reinterpretadas. Y también podrán comprarse en formato pequeño, “de bolsillo”.

Esta exposición urbana al aire libre (Meninas Madrid Gallery) se ha organizado mediante colaboración público-privada entre el Ayuntamiento y la Asociación Empresarial del Comercio Textil y Complementos (Acotex) y una decena de patrocinadores privados en el marco de la campaña Madrid Capital de Moda.





http://www.madridcapitaldemoda.com/
https://www.youtube.com/watch?v=EApiy3XH9wA 


El misterio de la nieta negra de Felipe IV

 Su descendiente más exótica y sorprendente, dentro de los cánones de la época, fue el misterioso fruto de una de las dos hijas legítimas que sobrevivieron al Monarca: María Teresa de Austria, Reina consorte de Francia.
María Teresa de Austria era hija de Felipe IV y su primera mujer, Isabel de Borbón. El único de los hijos en llegar a edad adulta del matrimonio es célebre hoy en día por ser retratada por Velázquez en una estética similar a las «Meninas», pero su relevancia política llegó por ser la esposa del Rey de Francia Luis XIV, el llamado «Rey Sol».

Poco interesado por la belleza austriaca y el carácter frío de María Teresa, Luis XIV decidió abandonarse a un sinfín de amantes, entre ellas la duquesa de La Vallière. Pese a tener a su propio séquito de damas y consejeros, algunos españoles, la hija de Felipe IV quedó marginada en el ambiente intrigante de la corte.

En este contexto, la Reina tomó en su compañía a un joven pigmeo negro, imitando una práctica habitual en esos días entre la nobleza francesa, que le servía de entretenimiento y para mitigar su soledad.
«Nabo», el joven negro del séquito de la Reina.

El duque Beaufort, almirante de la marina, fue quien trajo de uno de sus viajes a aquel esclavo y lo presentó como obsequio a la española. El esclavo fue cristianizado con el nombre de «Nabo» y se integró en el círculo de confianza de la Reina, que tomó sincero cariño al joven.

En 1664, fallecido «Nabo» en fechas recientes sin que se conozcan hoy las causas de la muerte, María Teresa quedó embarazada de lo que debía ser su tercer hijo. Tras un difícil parto, la Reina dio a luz a una pequeña niña con rasgos moriscos y diversas malformaciones.
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Ubicaciones y nombres de los artistas y famosos que han diseñado las 80 esculturas que forman parte de la 'Madrid Meninas Gallery'
https://www.somoschamberi.es/donde-estan-las-meninas-urbanas-de-madrid/

martes, 10 de abril de 2018

Cuando las leyes no defienden los derechos de las personas hay que cambiar las leyes

Abogado anciano condenado: "No consideran legítima defensa disparar al ladrón que asaltó su casa"

La legítima defensa no tenga virtualidad práctica en España después de que un jurado popular rechazara aplicársela a su defendido.

En el caso de Jacinto, dos asaltantes entraron en su vivienda cuando estaba con su esposa. “Entran pidiendo la caja fuerte y empiezan a torturarle, a romperle huesos de la mano, partiéndole los dedos”, ha relatado.  El hombre tenía un arma en su casa, disparó y como consecuencia uno de los asaltantes falleció al poco de huir del inmueble.

Durante el juicio, la Fiscalía había pedido que a Jacinto “le aplicaran la legítima defensa como eximente completa por disparar en defensa de su esposa y de sus bienes”, ha señalado el abogado , si bien finalmente le han aplicado una “atenuante cualificada” que rebaja la pena pero que no le redime de la condena. Ahora espera “que el fallo del magistrado presidente del Tribunal nos de la razón y evite que vaya a la cárcel”, revocando así la condena del tribunal del jurado.

“Imagínense ustedes la situación que tenía este señor: la mujer dando gritos de dolor, él diciendo: váyanse, váyanse. Efectúa el primer disparo. Dice: al suelo. Uno de ellos se queda en la puerta y hace como un ademán de irse hacia él. En ese momento levanta un poco el arma con la mala suerte de que el proyectil impacta en la cara del fallecido. Estaba como enfrentándose a él y con todas esas todavía no hay legítima defensa. No sé cuándo la habrá”
enlace

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Cada vez hay más casos de adolescentes que denuncian a un progenitor porque «se le escapa un cachete o un insulto»


En España los padres ya no pueden «corregir moderada y razonablemente» a sus hijos, como rezaba en los artículos 154 y 268 el Código Civil. De esta forma, acciones como un cachete o una bofetada tenían cierto respaldo legal.

Estos artículos fueron derogados en 2007 por Zapatero en una disposición adicional de la ley de adopciones internacionales.

En su lugar, el nuevo texto que regula la patria potestad no solo elimina la posibilidad de corregir con un azote a los hijos, sino que indica cómo los padres deben reprenderles: «Con respeto a su integridad física y psicológica» y «de acuerdo con su personalidad».

Un cachete se puede considerar un delito de violencia doméstica.

Ahora, el hecho de pegar un cachete o una bofetada a un hijo constituye un delito de violencia doméstica regulado en el artículo 153 del Código Penal y sancionado con una pena de prisión de entre tres meses y un año.

Indudablemente, la adolescencia puede sacar de quicio tanto al adolescente que está sufriendo los cambios como a los padres. Y bajo ningún motivo se puede tolerar un maltrato a un menor. Sin embargo, como se pregunta la abogada María José Andrés, «¿por qué se tratan con las mismas sanciones una bofetada puntual y un maltrato reiterado?».

Hay otro fenómeno a considerar: los castigos físicos durante años consentidos han dejado paso a una generación de chavales que no conocen límites y no toleran la frustración. Y eso lo reconocen abogados, padres, profesores, psicólogos, pedagogos... «Muchos adolescentes, cuando no están conformes con los límites que les imponen los padres y estos les dan una bofetada, les denuncian.
enlace

Artículo 154 del código civil
Los hijos no emancipados están bajo la patria potestad de los progenitores.
La patria potestad, como responsabilidad parental, se ejercerá siempre en interés de los hijos, de acuerdo con su personalidad, y con respeto a sus derechos, su integridad física y mental.
Esta función comprende los siguientes deberes y facultades:
1.º Velar por ellos, tenerlos en su compañía, alimentarlos, educarlos y procurarles una formación integral.
2.º Representarlos y administrar sus bienes.
Si los hijos tuvieren suficiente madurez deberán ser oídos siempre antes de adoptar decisiones que les afecten.
Los progenitores podrán, en el ejercicio de su función, recabar el auxilio de la autoridad.

(y desaparece  en el 2007.........?

El Artículo del cachete que quito Zapatero

 El Consejo de Ministros aprobó con los votos del PSOE, IU, ERC y el Grupo Mixto (184, a favor; 162, en contra y ninguna abstención) la eliminación del último resquicio que amparaba el castigo físico a los niños en la legislación española. El artículo 154 del Código Civil permitía que los padres o tutores "corrigieran" moderadamente a los hijos. A partir de ahora dirá, en cambio, que éstos deben "respetar su integridad física y psicológica". El cambio se ha introducido aprovechando que se aprobaba la Ley de Adopción Internacional.

No es casualidad que los grupos conservadores de la cámara baja (PP, PNV, CiU y Coalición Canaria) estén a favor de dar un cachete en casa o, como argumentan algunos, de no entrar a juzgar este tipo de cuestiones, si se trata de castigo moderado, porque son "del ámbito familiar".

la facultad de "corregir razonable y moderadamente a los hijos")

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Artículo 155 del código civil
Los hijos deben:
1.º Obedecer a sus padres mientras permanezcan bajo su potestad, y respetarles siempre.
2.º Contribuir equitativamente, según sus posibilidades, al levantamiento de las cargas de la familia mientras convivan con ella.

Conferencia del juez Emilio Calatayud

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Los menores de 14 años pueden delinquir impunemente
 

La Fiscalía de Menores ha archivado las diligencias del caso del niño de 9 años presuntamente violado por compañeros de colegio de la Sierra de Jaén, al ser los agresores no imputables por ser menores de 14 años, han informado fuentes de la Fiscalía Superior de Andalucía.

El Defensor del Pueblo andaluz y del Menor, Jesús Maeztu, ha rechazado endurecer la ley del Menor para casos como este y ha abogado por un programa de reeducación para evitar los abusos sexuales.

Responsabilidad penal del menor
A partir de los 14 años y hasta los 18 años, nuestro ordenamiento jurídico considera que las personas son imputables, sin embargo, por razones político criminales se considera que no es necesario aplicar las mismas consecuencias jurídicas que para los adultos

Menores delincuentes libres en Argentina…
Cuando vean a un menor con un arma, rueguen de que los mate enseguida; sino, si tienen la mala suerte de sobrevivir y hacer lo que se debe, terminarán presos de por vida con penas económicas inclusive, con su familia difamada e insultada por toda la eternidad.

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Alquiler: ¿Por qué la ley no protege al propietario?
 

El mayor riesgo del propietario-arrendador es el de no cobrar la renta durante todo el período que tardará en echar a su moroso inquilino. La tasa de impagos en la relación de alquiler está por encima del 15%. A ello se suman los desperfectos que el arrendatario pueda producir. Ante ello la protección de la ley es mínima.
Los procesos de desalojo pueden durar entre 2 y 4 años pues pasan por varias etapas llenas de trámites, abogados, magistrados, etc.

¿Pero, por qué es así? 

El Gobierno estudia  (PERO NO ACTÚA) con cambios en la ley de alquiler para agilizar el desahucio de los inquilinos morosos.